Noviazgo = Contrato Laboral por Tiempo Indefinido
Todos pasamos por la etapa de desempleo laboral (“No tengo novio(a))”, sin embargo, e independientemente de la edad, en la vida nos topamos con la empresa Multi – Internacional Amorosa C.A, donde todos queremos entrar a trabajar. No hay excusa para no formar parte de ella, ya que las nuevas leyes venezolanas exigen un 5% de personas con discapacidad en la nómina de dicha empresa (feos, gorditos, mochos, chuecos, mal vestidos, mal hablados, brutos, reguetoneros, y sigan uds la lista). No hay discriminaciones raciales, musicales, de moda, social, gastronómica y quien sabe que otra etiqueta, ya que dicha empresa cuenta con infinidad de departamentos para todos los gustos y labores a desempeñar.
Al igual que en toda empresa, se hace un llamado a los (las) posibles candidatos (as) al puesto. Se hace un estudio detallado de la hoja de vida donde se evalúan aspectos de relevante importancia: presencia, estudios realizados, experiencia laboral, trabajos anteriores y otros detalles técnicos. Por lo general la empresa puede tener varios (as) candidatos (as) al puesto, por aquello de: ”salva patria”, “manquesea”. Dependiendo de los resultados y del cargo vacante la persona puede quedar en dicha empresa. Cabe destacar que para formalizar el puesto hay que “fimar un acuerdo legal”.
La empresa Amorosa C.A parte de un contrato base que consta de las siguientes cláusulas que TODOS (AS) los (las) contratados (as) deben cumplir inmediatamente al fimar dicho acuerdo laboral
Independientemente del género del Presidente, Vice-Presidente, Gerente de Recursos Humanos, Gerente de Relaciones Internacionales, Gerente de Ventas (y de ahí pa’ bajo sigan uds porque me fastidia pensar en todos los cargos….), de la Empresa “¿Quieres ser mi novia (o)?” y fuimos seleccionados (as) para trabajar, entonces las cláusulas del contraro serán:
- Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo.
- Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten. El exceso de pelo será considerado una falta a esta norma.
- Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio de su función directiva.
- No realizar el mismo trabajo para otra empresa que desarrolle la misma actividad.
- No se aceptan excusas médicas que no estén avaladas por un médico, es decir los dolores de cabeza y/o musculares no son pretextos válidos a la hora de una reunión de cuerpo presente. (“Esta noche no mi amor, me duele la cabeza”)
- Prestar sus servicios un determinado número de horas al día, a la semana, al mes o al año que deberá ser inferior al de la jornada a tiempo completo establecida en el convenio colectivo aplicable al sector o, en su defecto, al de la jornada máxima legalmente establecida.
- Recordar obligatoriamente las fechas importantes (cumple mes, cumple de los suegros y cuñados, del mejor amigo y/o amiga, del dia en que nos conocimos, la primera pelea, lo que te dije hace una semana…. si sigo jamás termino)
Así mismo las causas que pueden dar lugar a la extinción del contrato son las siguientes:
El resto de las cláusulas quedarán acordes a los términos que establezcan las partes según el beneficio de ambas. Cabe destacar que los cambios en dicho contrato estarán sujetos a las variables “Tiempo, veamos que pasa, deja que lo piense, es que no sé, como vamos yendo vamos viendo, no estoy seguro (a), confusión, estoy saliendo de una relación de mucho tiempo e intensa, necesito espacio, entre otras”.
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Firma del empleado
Ahora sí te jodiste!!!!









